SPEZIA, ANGELA LILIANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora cuestionó la actualización de su haber jubilatorio inicial y la movilidad de su prestación. La Cámara Federal de Bahía Blanca confirmó la sentencia de primera instancia con algunos ajustes.
Reajuste del haber inicial y movilidad de la prestación jubilatoria
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente a la demanda. Se rechaza la redeterminación del haber inicial por aportes en relación de dependencia. Se confirma la movilidad aplicada por el juez de grado conforme jurisprudencia. Se difiere el tratamiento de la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) hasta la etapa de liquidación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La ley 27.426 es aplicable para la actualización de las remuneraciones computables, por lo que no corresponde declarar su inconstitucionalidad si no se acredita perjuicio concreto.
- Para la PBU corresponde aplicar la fórmula prevista en el texto original de la ley 24.241, debiendo considerarse su deterioro y eventual confiscatoriedad al momento de la liquidación.
- No existe un derecho adquirido a mantener una determinada fórmula de movilidad jubilatoria, siempre que el cambio no implique confiscatoriedad o regresividad.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se imponen las costas a la demandada.
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