STICKAR, MIGUEL CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
El actor promovió demanda por reajustes en su haber previsional. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia, manteniendo lo dispuesto en primera instancia y ordenando a la ANSES integrar la diferencia de incremento por la suspensión de la movilidad.
Reajustes por movilidad en el haber previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando a la ANSES integrar el porcentaje de incremento que el actor dejó de percibir durante 2020 por la suspensión de la movilidad jubilatoria. Confirmó lo resuelto en cuanto a la actualización de las remuneraciones y el rechazo de otros agravios.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- Siguió los lineamientos de la CSJN en "Elliff" y "Volonté" para la actualización de las remuneraciones.
- Respecto a la Prestación Básica Universal (PBU), estableció que correspondía su reajuste según la fórmula del texto original de la ley 24.241, en caso de acreditarse la confiscatoriedad por su falta de actualización.
- Consideró válida la suspensión de la movilidad dispuesta por la ley 27.541, pero ordenó a la ANSES integrar la diferencia entre el incremento otorgado y el que hubiera correspondido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241.
- Rechazó la inconstitucionalidad planteada respecto a los topes máximos, salvo que su aplicación resultara confiscatoria.
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