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S., A. B. c/ MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo para que se ordene su inscripción en el Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis (REPROCANN). La Cámara confirmó el rechazo in limine de la acción, por considerar que no se cumplieron los requisitos de procedencia del amparo.

Recurso de apelacion Amparo Silencio administrativo Reprocann Cannabis medicinal


¿Quién es el actor?

A.B.S.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Salud de la Nación

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis (REPROCANN)

¿Qué se resolvió?

Se rechazó in limine la acción de amparo. Los jueces consideraron que no se cumplían los requisitos de procedencia del amparo, ya que:
- La vía del amparo está reservada para casos de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, lo que no se observa en el caso.
- Existe otra vía judicial específica, como el amparo por mora del artículo 28 de la Ley 19.549.
- No se acreditó que el daño fuera grave e irreparable, de modo que la protección del derecho se torne ilusoria, abstracta o irremediable.

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