PASTOR, SONIA LILIANA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La actora reclamó el reajuste de su haber previsional por aplicación de la movilidad. La Cámara Federal modificó la sentencia y ordenó integrar el haber con la diferencia por la suspensión de la ley de movilidad.
¿Quién es el actor?
Sonia Liliana Pastor
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste por movilidad del haber previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Rechazó el agravio de ANSES sobre la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463 y del art. 82 inc. c de la ley 20.628 en caso de que su aplicación resulte confiscatoria. Además, ordenó a ANSES integrar el haber de la actora con la diferencia por la suspensión de la ley de movilidad 27.426.
Fundamentos principales:
- Sobre la PBU, la Cámara consideró que el reajuste debe efectuarse aplicando la fórmula del texto original de la ley 24.241, al ser la metodología más equitativa.
- Respecto a la movilidad, la Cámara confirmó lo resuelto en el precedente "Martínez", ordenando integrar el haber con la diferencia entre lo percibido y el 42,13% que correspondía.
- En cuanto a los topes, la Cámara consideró correcta la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463 en caso de resultar confiscatoria su aplicación.
- Sobre el art. 82 inc. c de la ley 20.628, la Cámara declaró su inconstitucionalidad para los montos retroactivos y los intereses, en caso de superar el mínimo no imponible.
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