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Villasboa Mario Alfredo C/ Irurzun Garcia Clarisa S/ Despido

El actor reclamó por despido y multa art. 132 bis LCT, la Cámara modificó la sentencia y condenó al pago de la multa por falta de depósito de aportes.

Ejecucion Despido Multa art 132 bis lct Aportes de la seguridad social Liquidacion hasta sentencia

Despido y multa art. 132 bis LCT por falta de depósito de aportes

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y condenó al pago de la multa del art. 132 bis LCT por la falta de depósito de aportes acreditada en autos. La Cámara consideró que la multa debe abarcar los períodos hasta la fecha de la sentencia apelada, pero que en la etapa de ejecución se podrá determinar si corresponde una condena mayor si los aportes no fueron depositados con posterioridad.

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