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Cura Guillermo S C/pei Sa S/desp

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

Locacion de servicios Relacion laboral Despido Antiguedad Multa art 80 lct Presuncion art 23 lct


¿Quién es el actor?

Guillermo Simón Cura

¿A quién se demanda?

PEI S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. La Cámara consideró que la demandada no logró acreditar que luego de la renuncia en 2007 la relación entre las partes pasó a ser una locación de servicios, por lo que rige la presunción del art. 23 LCT. Los testimonios presentados por la demandada no fueron suficientes para desvirtuar la existencia de la relación laboral. Por lo tanto, correspondía confirmar la antigüedad del actor a los fines indemnizatorios, y la multa impuesta conforme al art. 80 LCT. La Jueza Ferreirós adhirió al voto, destacando que la figura de la locación de servicios ha sido abrogada por el derecho del trabajo.

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