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DENUNCIADO: A. I. A. D. A. Y OTROS s/INFRACCION LEY 19.359

La empresa demandada apeló la multa impuesta por infracciones cambiarias, y la Cámara revocó la decisión de primera instancia declarando la prescripción de la acción penal.

Prescripcion Plazo de prescripcion Regimen penal cambiario Infracciones cambiarias Delito continuado


¿Quién es el actor?

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

¿A quién se demanda?

A. I. A. D. A. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Multa por infracciones a la Ley de Régimen Penal Cambiario

¿Qué se resolvió?

La Cámara Penal Económica revocó la resolución de primera instancia que había condenado a la empresa al pago de una multa. La Cámara consideró que había operado la prescripción de la acción penal, ya que el plazo de 6 años establecido en la ley había sido superado entre la fecha del vencimiento de la obligación de ingresar las divisas y la orden de instruir el sumario por parte del Banco Central. Los jueces analizaron que las diferentes infracciones imputadas debían considerarse hechos independientes, sin existir un delito continuado, y que el plazo de prescripción debía computarse a partir del vencimiento de la última obligación incumplida.

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