MANSILLA RUBEN LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia de grado y declara inconstitucional la metodología de actualización del art. 3 de la Ley 27.426, en relación a remuneraciones comprendidas entre 1991 y 2009, aplicando el índice ISBIC del Tribunal Supremo en su lugar. La decisión confirma la constitucionalidad del resto de los agravios y establece costas a la demandada vencida.
La parte actora demanda la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 de la Ley 27.426 y la metodología de actualización de remuneraciones para calcular el haber inicial del actor, cuya fecha de adquisición es el 19 de octubre de 2019. El organismo demandado apela en contra de la declaración de inconstitucionalidad de los artículos cuestionados, sosteniendo la constitucionalidad de la Ley 27.426 y cuestionando el precedente “Villanustre”. La sentencia de primera instancia fue revocada parcialmente, declarando la inconstitucionalidad del método de actualización dispuesto por la Ley 27.426 para remuneraciones entre 1991 y 2009, en virtud del precedente “Elliff” y “Blanco” del Tribunal Supremo, y en atención a la doctrina del fallo “Rapisarda”, que establece que la merma del haber por aplicación de topes en ciertos períodos puede resultar confiscatoria. Los jueces consideran que la aplicación del sistema de topes en la liquidación puede causar una reducción superior al 15%, límite de confiscatoriedad. La Corte Suprema también sostuvo que la aplicación del precedente “Villanustre” debe diferirse a la etapa de ejecución, y que las manifestaciones del organismo en relación a ello son conjeturales. La sentencia confirma la constitucionalidad del resto de los agravios, y las costas de alzada son impuestas a la demandada vencida. La decisión es mayoritaria, con adhesiones parciales, y se ordena devolver las actuaciones al tribunal de origen para su ejecución.
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