SOLARI ROBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y ordenó el pago de diferencias por movilidad en los meses de enero y febrero de 2021. La sentencia también avaló la constitucionalidad del Decreto 807/16 y los decretos dictados en el marco de la emergencia económica, rechazando los agravios de la demandada y de la actora respecto a la ley 27.541 y demás normativas.
La causa fue promovida por Roberto Solari contra la ANSES, reclamando diferencias en la movilidad de su jubilación. La sentencia resolvió que la aplicación de la pauta de movilidad prevista en la Ley 27.426 es inconstitucional, por lo que se ordena al organismo previsional abonar las diferencias surgidas en los meses de enero y febrero de 2021, y desde allí en adelante, se aplicará la ley 27.609. Los fundamentos principales destacan que el Estado no puede ejercer potestades legislativas en materia previsional sin la intervención del Congreso, y que las normas dictadas en emergencia son constitucionales cuando justificadas por la situación excepcional del país. Además, se rechazaron los agravios sobre tasas de interés y la constitucionalidad del art. 14 de la Resolución SSS 6/09. La Sala afirmó que la normativa en emergencia fue adoptada en un contexto de crisis sanitaria y económica, y que la suspensión de la movilidad no implica vulneración a derechos constitucionales, siempre que sea razonable y limitada en el tiempo. La jurisprudencia del Tribunal Supremo respalda que las medidas de emergencia deben ser proporcionales y no afectar de forma arbitraria los derechos de los beneficiarios de la seguridad social.
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