GRIMOLDI ANA MARIA c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la constitucionalidad de las leyes 27.426, 27.541 y los decretos del Poder Ejecutivo en el contexto de la emergencia, rechazando las impugnaciones de la parte actora y ordenando el pago de diferencias en movilidad previsional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, Ana María Grimoldi, impugnó la constitucionalidad de varias normas previsionales, incluyendo la ley 27.426, 27.541 y los decretos de emergencia 163/20, 495/20, 542/20, 692/20 y 899/20.
- La Cámara analizó las disposiciones constitucionales y jurisprudenciales relacionadas, concluyendo que no se demostraron violaciones de garantías constitucionales ni confiscatoriedad en las aumentos otorgados.
- La sentencia sostuvo que las medidas tomadas en el marco de la emergencia estaban justificadas y que no existían fundamentos suficientes para declarar la inconstitucionalidad de las normas impugnadas, además de que no existía daño concreto o perjuicio que justificara la declaración de inconstitucionalidad.
- Respecto a la ley 27.426, la Cámara confirmó la constitucionalidad, salvo en lo que respecta a la aplicación retroactiva del art. 2, que fue declarado inconstitucional por uno de los jueces, ordenando que la movilidad del mes de marzo de 2018 se determine según la ley previa (Ley 26.417) y no la ley 27.426.
- La Cámara también ordenó el pago de diferencias entre la movilidad aplicada y la que correspondería de acuerdo con la normativa suspendida en los meses de enero y febrero de 2021, y que a partir de ese mes se aplique la ley 27.609.
- Las costas del proceso fueron impuestas a la parte vencida, y se regularon los honorarios de la representación letrada en los porcentajes correspondientes.
- La sentencia reafirmó que la emergencia y las medidas adoptadas estaban justificadas en el contexto constitucional y jurisprudencial, y que los agravios de la actora no lograron demostrar perjuicio concreto ni violación de derechos constitucionales.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: