LENTO VICTORIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmando la inaplicabilidad de ciertos índices de actualización de la prestación previsional y declarando la inconstitucionalidad de la resolución 56/2018 de ANSES. La decisión se fundamenta en el análisis de la normativa y precedentes constitucionales y judiciales sobre la materia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Victorio Lento contra la ANSES, reclamando reajustes en su beneficio previsional otorgado con fecha de adquisición del derecho el 20/02/2004, amparado en la ley 24.241. La sentencia de primera instancia fue apelada por la demandada, y la Sala analiza cuestiones relacionadas con la actualización de la PBU, la aplicación del índice de salarios básicos, y la validez de resoluciones administrativas. La Cámara revoca parcialmente la sentencia, en particular respecto a la inaplicabilidad de la resolución 56/2018 y de ciertos índices de actualización, considerando que la ley 27.260 y el decreto 807/2016 no son aplicables al caso, dado que el beneficio se adquirió antes de dichas normativas. Además, la Sala declara la inconstitucionalidad de la resolución 56/2018 por contradecir la Constitución Nacional y los fallos de la Corte Suprema. La resolución también señala que la discusión sobre la irrazonabilidad del art. 26 de la ley 24.241 deberá resolverse en la etapa de ejecución, y que el análisis de los agravios en relación con la actualización de las remuneraciones será diferido hasta esa instancia. Fundamentos principales: "Con respecto al agravio expresado en relación con la actualización de la PBU, cabe tener presente lo decidido por la Corte en los precedentes 'Quiroga, Carlos Alberto', 'Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' y 'Pichersky, Alberto Raúl c/ A.N.Se.S s/ Reajustes Varios', sentencias del 11 de noviembre de 2014, 18 de abril de 2017 y 23 de mayo de 2017, respectivamente, donde concluyó que debía considerarse, de manera concreta, qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio. Análisis éste que debe hacerse en la etapa de ejecución de sentencia." "En relación con la queja interpuesta por el Organismo Administrativo en torno a la aplicación del índice combinado dispuesto por la ley 27.260 y el Dto. 807/2016, corresponde hacer el siguiente análisis. La petición referida a la aplicación del decreto 807/2016 no puede prosperar, toda vez que el decreto en cuestión limitó los ajustes a las prestaciones que
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