ABALLAY JUAN CARLOS Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que reconoció el carácter remunerativo y bonificable de los aumentos instituidos por el decreto 1307/12 y sus modificaciones, ordenando su incorporación en los haberes de retiro del personal militar en pasividad, y revocó parcialmente la orden de pago en 90 días, ajustándola a las normas presupuestarias vigentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora demanda la incorporación en sus haberes de retiro de los aumentos otorgados por el decreto 1307/12 y sus modificatorios, argumentando que estos suplementos revisten carácter remunerativo y bonificable, por lo que deben ser reflejados en sus haberes en pasividad. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, basándose en el precedente CAF 29886/2015/CA1-CS1, donde se concluyó que los suplementos creados por ese decreto otorgaron un aumento generalizado al personal militar en actividad, con una base económica significativa, y por ello deben ser considerados remunerativos y bonificables. La sentencia también confirmó que la liquidación y previsión presupuestaria deben practicarse en 90 días, pero modificó la parte que ordenaba el pago en ese mismo plazo, ajustándola a las normas presupuestarias en vigor. Además, confirmó que las costas en la alzada corresponden a la demandada, y regularizó los honorarios de la parte actora en un 30% de lo que en definitiva se determine en primera instancia. La decisión se fundamenta en la naturaleza remunerativa de los suplementos y en la jurisprudencia del Tribunal Supremo que respalda esa interpretación.
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