PORTA MARIA CELESTE Y OTROS c/ SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia que hizo lugar a la demanda de incorporación de aumentos en el haber de retiro, aclarando que los suplementos por decreto 243/15 y sus modificaciones revisten carácter remunerativo y bonificable, y que los plazos y la regulación de honorarios deben ajustarse a la ley y a los precedentes judiciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, María Celeste Porta, promovió una demanda contra el Servicio Penitenciario Federal y otros, reclamando la incorporación de aumentos en su haber de retiro, específicamente los instituidos por el decreto 243/15 y sus modificaciones. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y ordenó su cumplimiento, reconociendo que dichos suplementos son remunerativos y bonificables, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo en autos “Barros Raúl Arturo c/ Estado Nacional” y “Gines Juan Carlos c/ EN”. Las partes apelaron, y la Cámara, tras analizar los agravios, confirmó la decisión en lo fundamental, revocando parcialmente aspectos relacionados con los plazos de liquidación y regulación de honorarios, y resaltando que la doctrina “Zanotti” no resulta aplicable en este caso por las particularidades del cálculo. La Cámara también ratificó el orden de costas y estableció que los honorarios de la letrada de la parte actora se regularán en un 30% de la liquidación definitiva. La decisión se fundamenta en que los suplementos en cuestión tienen carácter remunerativo y bonificable, y en que la liquidación debe ajustarse a los plazos y procedimientos previstos por la ley y los precedentes jurisprudenciales.
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