DIAZ MARIA ANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la decisión de primera instancia sobre la revisión de la movilidad previsional y la constitucionalidad de las leyes que la regulan, considerando que la ley 27.426 tiene efectos retroactivos que afectan derechos constitucionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Maria Ana Diaz, demanda a la ANSES reclamando la actualización y reajuste de su prestación previsional, específicamente la movilidad del haber y la aplicación de leyes de movilidad previsional. La sentencia de primera instancia ordenó la revisión de los cálculos y la actualización conforme a los parámetros establecidos por la jurisprudencia y la normativa vigente. La Cámara confirma la decisión, indicando que la ley 27.426, aunque retroactiva, no viola derechos constitucionales ya que la retroactividad en el derecho previsional no implica violación del derecho de propiedad, y además, la ley 27.426 fue declarada constitucional en el fallo en disidencia del voto de la jueza P. Tognola, quien argumenta que la aplicación retroactiva genera un perjuicio confiscatorio. La mayoría, sin embargo, sostiene que no hay vulneración constitucional y que la normativa debe aplicarse en los términos en que fue sancionada, rechazando el planteo de inconstitucionalidad. La sentencia también hace referencia a la aplicación de índices de movilidad y la necesidad de una actualización justa y equitativa, considerando la jurisprudencia del Alto Tribunal.
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