LACLAU UGARTECHE GRACIELA MARTA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó las diferencias en el reajuste previsional, reafirmando la constitucionalidad de las normativas aplicadas y la validez del índice de movilidad vigente, en línea con los precedentes del Alto Tribunal y la normativa vigente al momento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Graciela Marta LaClau Ugarteche, demanda a la ANSES por diferencias en el reajuste de su beneficio previsional.
- La sentencia de primera instancia rechazó las quejas relacionadas con la aplicación de la ley 27.541 y la movilidad prevista en la ley 24.241, considerando la validez constitucional de ambas normativas y la vigencia de la fórmula de movilidad establecida en la ley 27.609 desde el 5-01-2021.
- La Sala analizó la constitucionalidad de la ley 27.541, citando precedentes como “Nievas, Alicia Estela” y “Russo, Angel”, y concluyó que la declaración de inconstitucionalidad no procede por no haberse demostrado que la normativa vulnerara garantías constitucionales.
- En relación a la movilidad, la Sala sostuvo que la sustitución del art. 32 de la ley 24.241 por el art. 1º de la ley 27.609, vigente desde el 5-01-2021, implica que la movilidad no puede aplicarse retroactivamente desde la entrada en vigencia de la ley 27.609, pues la pauta temporal no implica un restablecimiento de normas derogada.
- Se destaca que cualquier impugnación actual sería prematura y que no existen fundamentos para cuestionar la constitucionalidad de la normativa en cuestión.
- La actuación de la parte actora en la alzada fue valorada en un 30% de lo regulado en la instancia anterior.
- La Cámara decidió confirmar la sentencia apelada, con costas por su orden y regular honorarios en el 30% de lo que se regulate en la instancia anterior.
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