ROSSO ROLANDO Y OTROS c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y rechazó la mayoría de los agravios en la apelación, manteniendo la declaración de inconstitucionalidad y la condena de pago, con modificaciones parciales en la forma de cumplimiento y costas.
- Quién demanda: Rolando Roso y otros
¿A quién se demanda?
Ministerio de Seguridad y otro
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de inconstitucionalidad del decreto 679/97, cese de descuentos en haberes y reintegro de lo descontado con intereses
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación, confirmando la inconstitucionalidad del decreto 679/97 y la nulidad del descuento de aportes previsionales, además de rechazar la prescripción y aplicar la norma presupuestaria vigente para el pago de la condena. Revocó parcialmente la sentencia de grado y confirmó en lo demás.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sala recordó que la Corte Suprema en sentencia del 7/10/2021 (CSJ 30/2013) había declarado que el decreto 679/97 violaba principios constitucionales, ya que modificaba de manera permanente el régimen previsional sin seguir los cauces constitucionales, y no se encontraba justificación de urgencia que justificara la vía excepcional. La sala consideró que "los fundamentos dados por el Poder Ejecutivo Nacional no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del sistema previsional de la Gendarmería Nacional", por lo que "corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/97". Asimismo, se acogió la defensa de prescripción respecto de los créditos reclamados y se aplicó la normativa presupuestaria vigente para el cumplimiento de la sentencia, confirmando que el Estado debe pagar los montos en los plazos establecidos. La sentencia también dispuso que las costas en la alzada fueran a cargo de la demandada y reguló honorarios en el 30% de lo que en definitiva se determine por la labor desarrollada en la instancia anterior, más IVA si correspondiera.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: