JIMENEZ MARIA PILAR Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la resolución que rechaza la impugnación respecto a las pautas de liquidación y la incorporación del Decreto 2140/13 en relación con los suplementos del Decreto 2744/93, rechazando la pretensión de reliquidación proporcional y manteniendo la decisión judicial sobre la vigencia del carácter bonificable de los suplementos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora demanda la inclusión en su haber mensual de los suplementos establecidos en el Decreto 2140/13, además de reliquidar proporcionalmente sobre ese nuevo haber los conceptos que perciben los titulares.
- La demandada cuestiona la liquidación y la inclusión del mes de mayo de 2017.
- La sentencia de grado hizo lugar a la demanda, condenando al Estado Nacional a incorporar los suplementos en el haber mensual, pero fue revocada por esta Sala en 2019, otorgando carácter remunerativo y bonificable a los suplementos.
- La Sala analiza la normativa del Decreto 2744/93, su derogación progresiva y la coexistencia con el Decreto 2140/13, concluyendo que durante la convivencia de ambos, la liquidación debe hacerse de forma independiente.
- La jurisprudencia consolidada, incluyendo Fallos de la CSJN, respalda que la percepción de suplementos con carácter bonificable no implica una repotenciación retroactiva indebida.
- La Sala reafirma que la liquidación debe ajustarse a los criterios establecidos, sin repetir o aumentar indebidamente los haberes ya consolidado, y que la vigencia del Decreto 380/17 limita la liquidación hasta esa fecha.
- En consecuencia, se confirma la resolución de grado, manteniendo la postura respecto a los criterios de liquidación y el carácter bonificable de los suplementos, con costas de alzada por su orden y devolución de las actuaciones al tribunal de origen.
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