QUIROGA NORMA BEATRIZ Y OTROS c/ SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la sentencia de primera instancia y rechaza la demanda, confirmando la modificación en el cálculo del suplemento por antigüedad en el servicio y las decisiones relativas a la constitucionalidad y legalidad del régimen salarial aplicado al personal del Servicio Penitenciario Federal.
Quién demanda: Norma Beatriz Quiroga y otros.
¿A quién se demanda?
Servicio Penitenciario Federal.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago del suplemento por antigüedad de servicios en la forma en que lo percibían hasta el Decreto 586/2019 y la Resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 607/2019.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la sentencia de primera instancia y rechaza la demanda, confirmando la validez del cálculo del suplemento por antigüedad, considerando las modificaciones reglamentarias y la jurisprudencia constitucional que sostiene que los cambios en la estructura salarial no vulneran derechos adquiridos cuando no se produce una disminución confiscatoria. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal analiza cómo se integra el haber de retiro del personal del Servicio Penitenciario Federal, destacando que la ley 13.018 y el Decreto Ley 23.896/56 establecen que el haber de retiro debe ser proporcional al último sueldo y no puede ser inferior al 82% de las remuneraciones en actividad, garantizando una proporcionalidad. La sentencia remarca que la modificación del régimen salarial, en particular en el cálculo del suplemento por antigüedad, no implica una disminución confiscatoria, en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema, que sostiene que no hay derechos adquiridos a modalidades fijas de remuneración cuando las modificaciones son razonables y no reducen los haberes en forma arbitraria. Se remite a precedentes, en particular a autos “Mico Alejandra Susana y Otros”, donde se concluyó que las reformas salariales no vulneran derechos constitucionales si son razonables y en el contexto de una política salarial transparente y objetiva. Además, se destaca que las decisiones administrativas en materia salarial no son susceptibles de revisión judicial en cuanto a su oportunidad, mérito o conveniencia, solo en cuanto a su legitimidad jurídica. La modificación reglamentaria no fue efectuada “de manera impropia” y se ajusta a los principios constitucionales y jurisprudenciales. En consecuencia, el tribunal hace lugar al recurso de la parte demandada, revoca la sentencia de primera instancia y rechaza la demanda, confirmando la legalidad de la modificación en el cálculo del suplemento por antigüedad.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: