LUDUEÑA GRACIELA DEL VALLE c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4 LEY 24241)
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la resolución que denegó el beneficio previsional por invalidez, considerando válido y determinante el informe médico forense que acreditó una incapacidad del 43,66%, en línea con jurisprudencia y normativa vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La demandante, Graciela del Valle Ludueña, interpuso recurso de apelación contra la resolución de la Comisión Médica Central que consideró no acreditada la invalidez requerida para acceder a un beneficio de retiro por invalidez.
- La Cámara analizó el informe del Cuerpo Médico Forense, que determinó una incapacidad laborativa del 43,66%, y consideró que dicho informe es válido y determinante en la decisión, ya que está basado en consideraciones médico-legales serias y fundamentadas.
- La resolución apelada fue confirmada, en línea con la jurisprudencia de la CSJN, que sostiene que los informes médicos oficiales y serios deben ser considerados como prueba concluyente para la determinación de la invalidez.
Fundamentos principales:
"Que, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 49 punto 4 de la ley 24241, el Cuerpo Médico Forense produjo un informe, que en base a las consideraciones médico legales que desarrolla, reconoce la existencia de una incapacidad laborativa a los fines previsionales del 43,66%. El informe en cuestión ha de ser tenido por válido y determinante de la verdad jurídica objetiva que permita decidir la cuestión planteada, habida cuenta de la seriedad del organismo del que emana y los amplios fundamentos en que se basa; no habiendo sido desvirtuado por las partes tras el traslado conferido del informe."
"La solución propiciada concuerda con la discernida por la C.S.J.N. en situaciones análogas, como ser, entre otras, por sentencia del 26.12.17 in re RECURSO DE HECHO 'SOSA C/ ANSES S/ RETIRO Por ello, el Tribunal RESUELVE: 1) Declarar formalmente admisible el recurso intentado; y 2) Confirmar la resolución apelada."
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