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LOBO ORLANDO HECTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó las quejas del actor respecto a la actualización del beneficio previsional, resaltando que la sentencia de primera instancia se ajustó a la jurisprudencia constitucional y legal vigente, y que la demandada debe abonar las diferencias adeudadas.

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- Quién demanda: Orlando Hector Lobo

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de beneficios previsionales y actualización de la PBU (Pensión Básica Universal)

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que rechazó las quejas y agravios del actor, manteniendo la validez del método de actualización aplicado y rechazando la constitucionalidad del decreto 807/16, en línea con precedentes de la Corte Suprema.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En cuanto a la actualización de la PBU, la jurisprudencia de la Corte ha establecido que la ausencia de incrementos en un componente de la jubilación puede tener incidencia sobre el total del haber inicial, y en caso de merma, si esta resulta confiscatoria, debe ser revisada en la etapa de ejecución de sentencia (Fallos 300:535, 302:253). Además, la decisión de la Corte en los precedentes “Quiroga”, “Sandoval” y “Pichersky” menciona que la incidencia de la ausencia de incrementos debe analizarse concretamente, y que la atribución de la actualización a la ANSeS o a la Secretaría de la Seguridad Social, sin la autorización del Congreso, contraviene la Constitución Nacional. La inconstitucionalidad del Dto. 807/16 fue declarada por la Sala dado que el Poder Ejecutivo se arrogó facultades que corresponden al Congreso, en línea con la doctrina del precedente “Blanco” (Fallos 312:635), que señala que la fijación del índice de actualización corresponde a la autoridad legislativa." "Asimismo, la Sala resaltó que la ley 24.241 y sus modificaciones fijan que corresponde al Congreso la determinación del índice para la actualización de los salarios computables, y que la actuación de la ANSeS y la Secretaría de la Seguridad Social en ratificar la resolución 56/2018 y el Dto. 807/16, respectivamente, carece de respaldo constitucional, por lo que dichas normas son inconstitucionales." "Por todo ello, se declaró la inconstitucionalidad del Dto. 807/16 y se confirmó la sentencia que rechazó las quejas del actor, ordenando a la demandada abonar las diferencias correspondientes."

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