SIKERIS EMILIA LEONOR c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la declaración de inconstitucionalidad del artículo 9 de la ley 24.463 respecto de los beneficios previsionales de la actora, ordenando el pago sin limitaciones y dejando sin efecto descuentos por acumulación de beneficios en exceso del tope legal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Emilia Leonor Sikeris, reclama la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463, en función de los beneficios de jubilación y pensión que percibe, y que fueron reajustados por el Programa de Reparación Histórica. La sentencia de grado declaró la inconstitucionalidad del artículo mencionado, revocó la resolución administrativa y ordenó al organismo pagar las prestaciones sin limitación alguna, además de restituir sumas descontadas. La demandada argumenta que los beneficios fueron reajustados con topes legales, específicamente en virtud del art. 79 de la ley 18.037, y que la liquidación del organismo no consideró estos límites en el cálculo de las prestaciones. Sin embargo, la Cámara señala que al momento de liquidar las prestaciones, la ANSeS no respetó el tope legal establecido, afectando la cuantía percibida por la actora, y que la cláusula III del acuerdo generó contradicciones en los descuentos aplicados. La Sala cita jurisprudencia de la Corte Suprema que reconoce la irrazonabilidad de aplicar límites en beneficios con origen en diferentes causas, y además, que la acumulación de beneficios en este caso no puede limitarse por el tope del art. 79 de la ley 18.037, ya que la jubilación y la pensión tienen orígenes distintos. Por todo ello, la Sala confirma la inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463 en este caso, ordenando que el organismo pague las prestaciones sin limitaciones y en los términos de la sentencia de grado, con costas a la demandada vencida.
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