DOMINGUEZ MIRIAM JULIA c/ ANSES s/PENSIONES
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia que reconoce el derecho de la actora a obtener la pensión solicitada, basándose en que la historia laboral del causante cumple con los requisitos previsionales, y rechazando el agravio del organismo demandado respecto del plazo de 30 días para el otorgamiento del beneficio. La sentencia se fundamenta en precedentes de la CSJN y en la interpretación de las leyes previsionales, destacando que la solidaridad social y la protección alimentaria deben prevalecer sobre interpretaciones restrictivas. La decisión también desestima la impugnación de la historia laboral y la alegada inaplicabilidad del plazo de 30 días, confirmando la obligación de la ANSES de otorgar la beneficio previsional en ese plazo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Miriam Julia Domínguez, demanda a la ANSES por el reconocimiento de una pensión.
- La demandada argumenta que la historia laboral del causante no encuadra en las disposiciones del decreto 460/99 y que el plazo de 30 días para el otorgamiento del beneficio no debe cumplirse.
- La Cámara hace lugar a la demanda, considerando que la historia laboral del causante cumple con los requisitos necesarios y que no se configura captación indebida del beneficio, ya que cuenta con servicios computables y la regularidad en los aportes.
- La sentencia cita precedentes de la CSJN que establecen que la interpretación del derecho previsional debe hacerse con cautela y priorizando los fines alimentarios y protectores, y que la omisión en el examen de planteos puede afectar derechos alimentarios.
- La resolución confirma la obligación de la ANSES de otorgar en 30 días el beneficio solicitado, rechazando la impugnación del plazo y confirmando la sentencia de primera instancia.
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