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AMARILLO MARIO RAMON c/ ANSES s/PRESTACIONES VARIAS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda del actor y ordenó al organismo previsional que dicte nueva resolución, acreditando el período laboral y los derechos correspondientes, considerando que la impugnación no logró demostrar errores en la decisión de primera instancia.

Recurso de apelacion Plazos Seguridad social Anses Prestaciones previsionales Derechos laborales Tareas insalubres Revision de resoluciones Reconocimiento laboral Decreto 4257/1968

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Mario Ramón Amarillo, demandó a la ANSES reclamando el reconocimiento de su período laboral comprendido entre el 13.4.1978 y el 31.3.1990 en tareas insalubres para la empresa Palmar Buenos Aires S.A., y el otorgamiento de prestaciones previsionales. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y ordenó a la ANSES que, en 30 días, dictara una nueva resolución reconociendo las sumas devengadas y las prestaciones correspondientes. La ANSES apeló, argumentando errores en la decisión y cuestionando la aplicación del Decreto 4257/1968 y los plazos. La Cámara, tras analizar los agravios, concluyó que no estaban correctamente fundados y que la sentencia de primera instancia se ajustaba a derecho. La Cámara confirmó la resolución de primera instancia, ordenando al organismo previsional el cumplimiento del reconocimiento y pago de beneficios, con costas de alzada a cargo del organismo. La sentencia destaca que los agravios no demostraron errores en las conclusiones del juez de grado, y que la interpretación del artículo 22 de la Ley 24.463 no se aplica en este caso, dado que la pretensión no se dirige a diferencias mal liquidadas, sino a la revocación de un acto administrativo.

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