AMARILLO MARIO RAMON c/ ANSES s/PRESTACIONES VARIAS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda del actor y ordenó al organismo previsional que dicte nueva resolución, acreditando el período laboral y los derechos correspondientes, considerando que la impugnación no logró demostrar errores en la decisión de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Mario Ramón Amarillo, demandó a la ANSES reclamando el reconocimiento de su período laboral comprendido entre el 13.4.1978 y el 31.3.1990 en tareas insalubres para la empresa Palmar Buenos Aires S.A., y el otorgamiento de prestaciones previsionales. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y ordenó a la ANSES que, en 30 días, dictara una nueva resolución reconociendo las sumas devengadas y las prestaciones correspondientes. La ANSES apeló, argumentando errores en la decisión y cuestionando la aplicación del Decreto 4257/1968 y los plazos. La Cámara, tras analizar los agravios, concluyó que no estaban correctamente fundados y que la sentencia de primera instancia se ajustaba a derecho. La Cámara confirmó la resolución de primera instancia, ordenando al organismo previsional el cumplimiento del reconocimiento y pago de beneficios, con costas de alzada a cargo del organismo. La sentencia destaca que los agravios no demostraron errores en las conclusiones del juez de grado, y que la interpretación del artículo 22 de la Ley 24.463 no se aplica en este caso, dado que la pretensión no se dirige a diferencias mal liquidadas, sino a la revocación de un acto administrativo.
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