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VENDITTI FABIAN VICTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmando la constitucionalidad de las normas de actualización previsional y de las disposiciones legales cuestionadas, y ordena el pago de diferencias en las prestaciones previsionales, ratificando la intervención del Congreso en la fijación del índice de actualización.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue promovida por Fabian Victor Venditti contra la ANSES, reclamando ajustes en su prestación previsional. La sentencia de primera instancia había declarado la inconstitucionalidad del Dto. 807/16 y la resolución 56/2018, y ordenaba la aplicación de un índice de actualización conforme a la normativa vigente. La Cámara, al analizar los recursos, revoca parcialmente esa decisión y confirma la constitucionalidad del marco normativo, sosteniendo que la ANSES y la Secretaría de Seguridad Social no tenían facultades para dictar y ratificar la resolución 56/2018, ya que la fijación del índice corresponde al Congreso. La Cámara también ratifica la aplicación del índice de salarios mínimos de la industria y construcción para la actualización de remuneraciones hasta el 28 de febrero de 2009, y la aplicación de la tasa pasiva del Banco Central para intereses. La sentencia destaca que la declaración de inconstitucionalidad de normas requiere una demostración clara del perjuicio concreto y que la normativa vigente respeta el principio de división de poderes y la Constitución Nacional. Además, se ratifica la condena en costas y la regulación de honorarios en un 30% de lo que se defina en la instancia de ejecución. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: La Sala analizó la competencia del Poder Ejecutivo y la legalidad de las resoluciones administrativas que fijan índices de actualización previsional. Citó el precedente "Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS" y concluyó que la fijación del índice de actualización debe ser competencia exclusiva del Congreso Nacional, y que la ANSES y la Secretaría de Seguridad Social no tenían facultades para dictar o ratificar la resolución 56/2018, que ratificaba un índice no autorizado por la ley. La sentencia remarca que "la elección de la variable de ajuste no es un aspecto menor, de detalle, referente al cumplimiento del régimen de jubilaciones, sino que es una cuestión de mayor relevancia pues tiene incidencia sobre el contenido económico de las prestaciones, pudiendo afectar el mandato protectorio del art. 14 bis de la Constitución Nacional". Además, sostiene que la normativa cuestionada se encuentra en contra de la Constitución y de la legislación vigente, y que la intervención del Poder Ejecutivo en la fijación de índices vulnera el principio republicano de división de poderes. La sentencia también analiza la constitucionalidad de las normas relativas a la actualización de remuneraciones y la aplicación de tasas de interés, concluyendo que deben aplicarse los parámetros legales vigentes y que las normas cuestionadas no resultan irrazonables ni contrarias a la Constitución en los aspectos analizados

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