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CROSIO JORGE NELSON c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia que ordenó a ANSES abonar la diferencia entre el haber previsional percibido y el haber mínimo garantizado, incluyendo diferencias retroactivas y sus intereses, fundamentando que la acción de amparo es adecuada y que la exclusión del beneficio viola derechos constitucionales y tratados internacionales.

Legitimacion activa Derechos constitucionales Seguridad social Tratados internacionales de derechos humanos Haber minimo garantizado Amparo previsional Costas. Ley 26.425 Reclamacion de diferencias Exclusion del beneficio

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Jorge Nelson Crosio, demanda contra ANSES reclamando la actualización de su haber previsional al haber mínimo garantizado, incluyendo diferencias retroactivas e intereses, argumentando que su exclusión viola derechos constitucionales y tratados internacionales. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la acción de amparo y ordenó a ANSES pagar la diferencia. La Cámara confirma la decisión, considerando que la acción de amparo es idónea para proteger derechos sociales y que la normativa aplicable, incluyendo la ley 26.425, respalda la obligación de garantizar mejores prestaciones, lo que en este caso implica el pago del haber mínimo. La Cámara también rechaza la excepción de falta de legitimación pasiva y la aplicación del plazo de caducidad. La sentencia destaca que la exclusión de la actora de la garantía del haber mínimo viola los derechos constitucionales y tratados internacionales, y que la conducta de ANSES se ajusta a derecho al cumplir con la ley 26.425. La imposición de costas se mantiene a cargo de la demandada vencida.

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