VILLALBA GREGORIO ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la constitucionalidad del método de actualización de remuneraciones y de la movilidad previsional, rechazando las impugnaciones del organismo previsional respecto a los parámetros utilizados y las normativas aplicadas. La sentencia ratificó que la jurisprudencia del Tribunal Supremo apoya la aplicación del índice de salarios básicos y la inconstitucionalidad del art. 9 inc 3) de la Ley 24.463 si se acredita que la merma del haber es confiscatoria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora demandó en revisión de cálculos previsionales y actualización de beneficios.
- La demandada, ANSeS, cuestionó el método de actualización de las remuneraciones, la movilidad y la constitucionalidad de ciertas normativas.
- La Cámara resolvió que la actualización de las remuneraciones se ajusta a los precedentes de la Corte Suprema ("Elliff", "Blanco") y la jurisprudencia consolidada, ratificando la utilización del índice de salarios básicos de convenio de la industria y construcción.
- Además, confirmó que en la liquidación definitiva, si la actualización de ANSeS resulta mayor, debe considerarse; si fuera menor, se descontará.
- Respecto a la movilidad, reiteró la doctrina del fallo “Badaro”, que establece que no se puede apartar de la jurisprudencia consolidada, confirmando que la aplicación del índice de movilidad es adecuada.
- Se declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc 3) de la Ley 24.463, en caso de que la quita por topes sobre el haber supere el límite confiscatorio del 15%, conforme a la doctrina del Tribunal Supremo.
- La resolución desestimó los planteos relacionados con la Resolución 56/2018 y otros agravios, por ser improcedentes o no conformes con los requisitos de la apelación.
- En consecuencia, la sentencia de primera instancia fue confirmada en todos sus términos.
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