PAZ, ROSALIA NATALIA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la incapacidad de la actora y revocó el dictamen de la Comisión Médica Central, otorgando el beneficio de jubilación por invalidez con base en un porcentaje de incapacidad del 73,33%. La sentencia fundamenta que el informe médico es técnico, objetivo y cumple con los requisitos legales, y que las observaciones de la organismo actuante no logran refutar científicamente dicho dictamen.
- Quién demanda: Rosalia Natalia Paz
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Jubilación por invalidez según el artículo 48 de la Ley 24.241, tras acreditar incapacidad laboral.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó el dictamen de la Comisión Médica Central que denegaba el beneficio y declaró que la peticionante presenta un grado de incapacidad del 73,33%, suficiente para acceder a la jubilación por invalidez. Se fijó un plazo de 30 días para el cumplimiento de la sentencia y se regularon honorarios en $ 91.686. La decisión se fundamenta en que el informe médico forense es correcto, objetivo y cuenta con respaldo científico, y que las observaciones de la Comisión Médica no logran desvirtuarlo en forma técnica ni científica.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El dictamen en cuestión reúne, los recaudos necesarios de una correcta peritación médica, enuncia claramente los hechos, es fundado, determina con certeza el estado de salud de la recurrente, valora las constancias médicas obrantes en autos y funda la opinión técnica a que llega con seriedad y objetividad científica (CPCCN, 477). La imparcialidad y corrección de los profesionales del Cuerpo Médico Forense están aseguradas, y las objeciones del organismo actuante no logran conmover las conclusiones periciales."
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