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PARIS LUIS EDMUNDO c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la sentencia de primera instancia y rechaza la demanda de reconocimiento de derechos retroactivos a una pensión honorífica de Veterano de la Guerra del Atlántico Sur, considerando que la normativa aplicable no contempla la retroactividad y que la declaración de inconstitucionalidad del Decreto Nº 2634/90 no se configura.

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- Quién demanda: Luis Edmundo Paris.

¿A quién se demanda?

ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

El reconocimiento y pago de sumas retroactivas de la pensión honorífica de Veterano de la Guerra del Atlántico Sur desde el 2 de abril de 1982.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca la sentencia de primera instancia y rechaza la demanda, argumentando que la normativa no prevé la retroactividad y que las actas de negociación no constituyen normas generales vinculantes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia menciona que la pensión honorífica es una prestación de carácter graciable y vitalicia, ajena al sistema previsional, y que su otorgamiento es una política legislativa. Se señala que la interpretación del art. 5 del decreto reglamentario Nº 2634/90, que establece que las pensiones se abonarán a partir de la fecha de solicitud, es correcta y que no se advierte que violente la Constitución. Además, se recuerda que la declaración de inconstitucionalidad requiere un perjuicio claro y manifiesto, lo cual no se acredita en este caso. La Cámara también revoca la imposición de costas y la regulación de honorarios, ajustándose a la normativa vigente.

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