BABUSCI MARIA ESTER Y OTROS c/ MINISTERIO DE JUSTICIA SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó la demanda de los actores contra el Ministerio de Justicia, por la reducción del porcentaje del suplemento por antigüedad en sus haberes, señalando que la modificación normativa no generó perjuicio acreditado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, María Ester Babusci y otros, demandaron al Ministerio de Justicia, Servicio Penitenciario Federal y otros, reclamando la liquidación del suplemento por antigüedad al 2% del haber mensual por cada año de servicio, tal como establecían las leyes y decretos originales, y solicitando su retroactividad desde septiembre de 2019, con intereses y costas. La demandada modificó el porcentaje del suplemento de 2% a 0,5% mediante la resolución 607/19, alegando cambios normativos en las políticas salariales. La actora argumentó que esta reducción impactó en sus haberes en un 75%, afectando sus derechos adquiridos y generando un perjuicio económico por aportes y descuentos sobre sumas que antes estaban exentas. La Cámara analizó las normativas aplicables, en especial los decretos 215/89 y 216/89, que regulaban la liquidación del suplemento, y la derogación posterior del decreto 215/89 por el decreto 970/15, que estableció el porcentaje del 2%. La sentencia resaltó que las decisiones de política salarial son competencia del Poder Ejecutivo y que la reducción del porcentaje no implicó una merma en los haberes totales, sino una modificación en la forma de cálculo que no causó perjuicio acreditado. La Cámara concluyó que no se acreditó daño patrimonial ni lesión a derechos constitucionales, por lo que confirmó la sentencia de grado. Asimismo, dispuso el rechazo del planteo de distribución de costas en primera instancia y en alzada, aplicando el art. 68 del CPCCN.
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