SOLIANI HUGO JORGE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó la inconstitucionalidad de las leyes de movilidad previsional, considerando que la normativa vigente respeta los derechos constitucionales y que la retroactividad legal no afecta derechos amparados por garantías constitucionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora Hugo Jorge Soliani demanda a la ANSES solicitando la revisión de la movilidad de su beneficio previsional, reclamando que la aplicación retroactiva de la ley 27.426 vulnera su derecho de propiedad. La Cámara analiza la constitucionalidad de las leyes 27.426, 27.541 y 27.609, concluyendo que no existe violación de derechos constitucionales ni afectación del principio de progresividad. La sentencia explica que la ley 27.426, al modificar índices de movilidad en períodos ya transcurridos, legisla retroactivamente, pero esta retroactividad no afecta derechos adquiridos, pues éstos ingresaron en el patrimonio del beneficiario en marzo de 2018, fecha en que la ley 27.426 ya se encontraba vigente. La Cámara también rechaza la inconstitucionalidad de la ley 27.541, reiterando que las normas de emergencia son constitucionales y que las diferencias en la percepción de beneficios tras la finalización de la emergencia no corresponden a derechos adquiridos. La disidencia parcial de la jueza Cammarata sostiene que la aplicación retroactiva de la ley 27.426 es regresiva y confiscatoria, afectando derechos constitucionales del beneficiario. La mayoría resuelve confirmar la sentencia de primera instancia, con costas por su orden, y regula honorarios a favor de la parte actora.
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