ACUÑA, JOSE LUIS c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca el dictamen de la Comisión Médica Central y declara la incapacidad del actor para obtener la jubilación por invalidez, ordenando su otorgamiento. La decisión se fundamenta en que el informe médico acreditó una incapacidad del 71,20%, superior al mínimo requerido por la ley.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, José Acuña, solicita la jubilación por invalidez fundamentando que su incapacidad laboral es del 71,20%. La Comisión Médica Central había determinado que la incapacidad era inferior al porcentaje exigido por el artículo 48 de la Ley 24.241, por lo cual negó el beneficio. La Cámara revisa el informe médico y la impugnación presentada por la demandada, concluyendo que los recaudos del artículo 48 de la ley están acreditados, por lo que revoca el dictamen de la Comisión Médica Central y declara la invalidez del actor. La sentencia también regula los honorarios profesionales en la suma de $91.686 y ordena el cumplimiento en 30 días. La fundamentación principal radica en que la incapacidad del 71,20% cumple con los requisitos legales para acceder al beneficio jubilatorio por invalidez.
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