Logo

ECHEVERRIA OSCAR BERNARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia que rechazaba la inconstitucionalidad de varias normativas y resoluciones vinculadas a la movilidad de los haberes previsionales. La decisión se fundamentó en que las leyes y resoluciones cuestionadas respetan los límites constitucionales y legales, y que la aplicación retroactiva no viola derechos constitucionales del actor.

Retroactividad Inconstitucionalidad Derechos constitucionales Beneficios jubilatorios Movilidad previsional Legislacion previsional Ley 27.426 Resolucion 56/2018 Leyes de ajuste An

Actor: Oscar Bernardo Echeverria Demandado: ANSES Objeto: Reajustes y actualización de beneficios previsionales y cuestionamientos a normativas de movilidad previsional. Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia, confirmando la validez constitucional de las leyes y resoluciones relacionadas con la movilidad de haberes previsionales, y rechazó la inconstitucionalidad de las mismas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala consideró que la modificación de índices previsionales, incluyendo la aplicación retroactiva de la ley 27.426, no viola derechos constitucionales, ya que el derecho del beneficiario a la movilidad se devenga en el momento de su otorgamiento y no en etapas anteriores. Se citó que “el derecho del actor –como el de todo beneficiario previsional
- a ver incrementado el haber con tales índices, hubiese quedado incorporado a su patrimonio recién en el corriente mes de marzo de 2018, fecha ésta en la que la ley 27.426 ya se encuentra vigente”. Asimismo, se analizó la constitucionalidad de las leyes y resoluciones, destacando que “el análisis del agravio relativo al art. 9 de la ley 24.463 y del art. 26 de la ley 24.241 debe diferirse para el momento en que se apruebe el cómputo definitivo en la etapa de ejecución”. La sentencia también abordó la inconstitucionalidad de la Resolución 56/2018 de la ANSES, declarada de oficio por la Corte Suprema, por contradecir la Constitución Nacional. La Cámara reafirmó que las leyes de movilidad previsional deben aplicarse conforme a las leyes que estaban vigentes al momento de devengar el derecho y que la retroactividad en el caso no vulnera derechos constitucionales, en línea con el art. 7 del Código Civil y Comercial. Por último, en la disidencia parcial, la jueza Cammarata expresó que la aplicación retroactiva de la ley 27.426 tiene carácter regresivo y puede ser confiscatoria, por lo que debe considerarse inconstitucional esa norma.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar