LIVA JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.426, argumentando que la aplicación retroactiva de la ley no viola derechos constitucionales, y que los derechos adquiridos se consolidan en el momento del devengamiento y no antes.
- Quién demanda: José Liva (actor)
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la constitucionalidad de la ley 27.426, en particular su aplicación retroactiva sobre la movilidad de haberes previsionales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que rechazó la inconstitucionalidad de la ley 27.426, sosteniendo que la retroactividad no vulnera derechos constitucionales, ya que el derecho del beneficiario a la movilidad se perfecciona en el momento del devengamiento, que es en marzo de 2018, y no antes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal afirmó que la ley 26.417 y su reglamentación establecían que la movilidad se otorgaba en los meses de marzo y septiembre, y que la modificación introducida por la ley 27.426, que alteró los índices y su aplicación, legisla retroactivamente respecto a períodos ya transcurridos, pero ello no afecta derechos constitucionales, pues el derecho a la movilidad se perfecciona en el momento del devengamiento y no en fases anteriores. Se citan fallos como "Russo" y "Lavecchia" que sostienen que la existencia de un derecho adquirido requiere que el derecho haya ingresado en el patrimonio del beneficiario, y que la mera expectativa no goza de protección. La ley 27.426, al modificar índices ya transcurridos, no viola el derecho de propiedad ni la progresividad, ya que el derecho del beneficiario a la movilidad se consolida en marzo de 2018, cuando la ley ya estaba vigente. El voto en disidencia, de la Dra. Perez Tognola, consideró que la aplicación retroactiva de la ley 27.426 tiene un carácter regresivo y puede constituir una afectación confiscatoria, por lo que declaró su inconstitucionalidad.
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