DIAZ DONATO ELISEO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y declara la inconstitucionalidad del Decreto 807/2016 y de la Ley 27.426 en relación con la actualización de los índices de movilidad previsional, considerando que la modificación legislativa fue retroactiva y afectó derechos constitucionales, pero mantiene la decisión en la parte restante del fallo y regula costas y honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa trata sobre un beneficio previsional otorgado con fecha de adquisición del derecho 02/08/2016 y alta del beneficio 01/02/2017, en el marco de la ley 24.241. Las partes cuestionaron la actualización de haberes y la legalidad de los índices utilizados para calcular la movilidad. La Cámara analizó precedentes de la Corte Suprema y la constitucionalidad de las leyes y decretos relacionados, concluyendo que el Decreto 807/2016 y la Ley 27.426, en su aplicación retroactiva, vulneran principios constitucionales, en particular el derecho de propiedad y la protección del patrimonio del beneficiario, ya que la modificación de índices que ya generaron derechos devengados constituye una afectación regresiva y confiscatoria. La jurisprudencia de la Corte Suprema establece que la ley que afecta derechos adquiridos o devengados debe ser estrictamente constitucional, y en este caso, la modificación legislativa implicó un efecto retroactivo que viola el art. 14 bis de la Constitución Nacional. No obstante, se rechazan otros planteos de inconstitucionalidad por no estar suficientemente acreditados o por no corresponder en el momento procesal oportuno. La Sala declara la inconstitucionalidad del decreto y de la ley en la medida que modifican índices en forma retroactiva, pero mantiene la validez de las demás disposiciones. Se regula costas y honorarios en función del resultado.
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