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GEY RICARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor obtuvo beneficio previsional y cuestiona actualización de parámetros. La Cámara revocó parcialmente la sentencia y declaró inconstitucional el art. 2 de la Ley 27.426.

Inconstitucionalidad Actualizacion Seguridad social Movilidad Reajuste Prestacion basica universal Topes Servicios autonomos Leyes de movilidad


¿Quién es el actor?

GEY RICARDO

¿A quién se demanda?

ANSES
- Reclama: Reajustes en el cálculo de su beneficio previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de grado, pero revocó lo relativo a la inconstitucionalidad de la Ley 27.426 y dispuso que se abonen las diferencias de movilidad sólo para los meses de enero y febrero de 2021. Los principales fundamentos son:
- La Corte Suprema declaró inválida la Resolución 56/18 utilizada para actualizar remuneraciones, por lo que corresponde aplicar los fundamentos de "Blanco" para analizar la constitucionalidad del Decreto 807/16.
- Respecto a la actualización de la Prestación Básica Universal, deberá analizarse su impacto en el "total del haber inicial" al momento de la liquidación.
- No corresponde expedirse sobre los servicios autónomos para no incurrir en reformatio in pejus.
- La inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 procede si se acredita que la aplicación de los topes genera una quita superior al 15% del haber.
- La ley 27.426 y 27.541 son constitucionales, salvo el art. 2 de la Ley 27.426 que se declara inconstitucional.

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