GUELBORT MIGUEL Y OTROS c/ CAJA-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El personal policial de la Policía Federal Argentina demandó el reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de ciertos suplementos salariales. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia y ordenó incluir dichos suplementos en el haber mensual del personal.
Reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de los suplementos "Función Policial Operativa" y "Función Técnica de Apoyo"
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó incluir los suplementos reclamados en el haber mensual del personal policial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Los suplementos "Función Policial Operativa" y "Función Técnica de Apoyo" tienen carácter general, remunerativo y bonificable, por lo que deben integrarse al haber mensual.
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha receptado esta doctrina en los precedentes "Bosso" y "Di Nanno".
- El decreto 142/22 del PEN suprimió dichos suplementos, por lo que a partir de esa fecha deberá estarse a lo allí dispuesto.
- Se confirma el rechazo de la prescripción anual y el plazo fijado para el cumplimiento de la sentencia.
- Se eleva el porcentaje de honorarios regulados a favor de la representación letrada de la parte actora.
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