SUELDO AMALIA FELISA c/ ANSES s/RENTA VITALICIA
La actora reclamó la movilidad de su renta vitalicia previsional. La Cámara revocó parcialmente la sentencia y ordenó el pago de las diferencias por aplicación de la movilidad suspendida.
¿Quién es el actor?
Sueldo Amalia Felisa
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por movilidad de la renta vitalicia previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ordenó a ANSES el pago de las diferencias entre la movilidad percibida y la que hubiera correspondido aplicar de acuerdo a la pauta suspendida, solo para los meses de enero y febrero de 2021, y a partir de marzo de 2021 se aplicará la nueva ley vigente. Confirmó lo demás decidido.
Los principales fundamentos fueron:
- Las rentas vitalicias del antiguo régimen de capitalización deben tener movilidad, en resguardo de los principios de solidaridad, subsidiaridad e integridad de los beneficios previsionales.
- Corresponde aplicar la movilidad establecida jurisprudencialmente, hasta el 31/12/2006, y luego la determinada por las leyes 26.198, 26.417 y resoluciones posteriores.
- Se remite a los antecedentes "Deprati" y "García" de la CSJN sobre la cuestión del impuesto a las ganancias.
- Revoca la sentencia respecto a la fecha de inicio del reclamo administrativo, fijándola en el 17/3/2020 atendiendo a las probanzas aportadas.
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