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PEREZ ANGELA MARIA c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS

La actora reclama el pago de la diferencia entre el haber previsional que percibe y el haber mínimo garantizado. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia de primera instancia y ordena a la ANSES el pago de la diferencia.

Inconstitucionalidad Seguridad social Igualdad Ley 24 241 Ley 26 425 Haber minimo Regimenes previsionales


- Actora: Angela María Pérez

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Cobro de la diferencia entre el haber previsional que percibe y el haber mínimo garantizado
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la demanda y se ordena a la ANSES el pago de la diferencia entre el haber previsional que percibe la actora y el haber mínimo garantizado, con los respectivos intereses retroactivos. Fundamentos principales:
- El art. 27 de la Ley 24.241 y el art. 125 de la misma ley establecen la garantía del haber mínimo previsional por parte del Estado Nacional.
- Si bien el art. 11 de la Ley 24.463 derogó esta garantía, la posterior modificación introducida por la Ley 26.222 la mantuvo.
- La exclusión de la actora de dicha garantía, por haber optado por el sistema de capitalización, la coloca en una situación de desigualdad frente al resto de los beneficiarios, violando los arts. 16 y 14 bis de la Constitución Nacional.
- Tras la eliminación del sistema de capitalización por la Ley 26.425, la voluntad del legislador fue garantizar "iguales o mejores prestaciones" a los afiliados del régimen derogado, lo cual implica ajustar la prestación al haber mínimo garantizado.
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó en un caso similar la obligación de la ANSES de abonar la diferencia entre lo percibido y el haber mínimo legal.

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