LOPEZ PEDRO ARMENGOL c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Accionante reclama incorporación de suplementos policiales a sus haberes jubilatorios. La Cámara modifica parcialmente la sentencia de primera instancia al revocar el plazo de cumplimiento.
¿Quién es el actor?
LÓPEZ PEDRO ARMENGOL
¿A quién se demanda?
CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incorporación de suplementos "función policial operativa" y "función técnica de apoyo" creados por Decreto 380/17 a los haberes jubilatorios del actor.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, pero modifica parcialmente al revocar el plazo de 90 días para el cumplimiento, dejándolo sujeto a las normas presupuestarias vigentes. También revoca la regulación de honorarios, difiriéndola para el momento de la liquidación definitiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte Suprema, en el precedente "Di Nanno", concluyó que los suplementos en cuestión tienen carácter remunerativo y deben incluirse en los haberes jubilatorios. Respecto al plazo de cumplimiento, corresponde enmarcarlo en las normas presupuestarias vigentes.
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