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RICCIARDI, EDUARDO NESTOR c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

El actor recurrió la denegación del beneficio de jubilación por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la decisión de la Comisión Médica y reconoció la incapacidad del peticionante.

Pericia medica Incapacidad permanente Revision judicial Seguridad social Jubilacion por invalidez

Otorgamiento de jubilación por invalidez (art. 49, ley 24.241)

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la decisión de la Comisión Médica Central que denegó el beneficio y declaró que el peticionante se encuentra incapacitado en los términos del art. 48 de la Ley 24.241.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El dictamen del Cuerpo Médico Forense determinó que el actor presenta un porcentaje de incapacidad del 67,29% debido a diversas patologías.
- El informe pericial cumple con los recaudos de una correcta peritación médica, está debidamente fundado y surge de manera objetiva y científica.
- La ANSES controvirtió el dictamen pero no logró rebatir científicamente sus conclusiones.
- Se encuentran acreditados los requisitos del art. 48 de la Ley 24.241 para otorgar la jubilación por invalidez.

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