MONTIVERO GLADYS ROSANA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
Demanda de amparo por falta de movilidad de la renta vitalicia previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y determinó que corresponde aplicar la movilidad prevista en la ley para las prestaciones del régimen público.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Gladys Rosana Montivero, promovió una acción de amparo contra la ANSES reclamando la aplicación de movilidad a su renta vitalicia previsional. El tribunal de primera instancia hizo lugar al amparo. La ANSES apeló dicha sentencia. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada. Consideró que si bien la ley 26.425 prevé movilidad para las prestaciones del régimen público, las rentas vitalicias del antiguo sistema de capitalización no tienen movilidad sino únicamente un ajuste según pautas técnicas. No obstante, entendió que dada la unificación del sistema previsional en un régimen público, corresponde garantizar a los beneficiarios del régimen derogado idéntica cobertura y tratamiento que la brindada por el sistema público, en pos de los principios de solidaridad y subsidiaridad. Por lo tanto, la Cámara dispuso que a partir de una determinada fecha la renta vitalicia de la actora debe gozar de la movilidad prevista en las leyes 26.198, 26.417, 27.426, 27.541 y 27.609. Asimismo, confirmó lo relativo a la tasa de interés y a la imposición de costas a la ANSES.
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