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CANTEROS LUCIANO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes jubilatorios. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó la actualización de las remuneraciones conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema.

Inconstitucionalidad Seguridad social Jurisprudencia de la csjn Reajuste jubilatorio Decretos de emergencia Actualizacion de remuneraciones Ley 26 417

Reajustes jubilatorios

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema en los precedentes "Elliff" y "Blanco" estableció que la actualización de las remuneraciones debe realizarse conforme al índice de salarios básicos de convenio de la industria y la construcción.
- La ley 26.417 dispone que a partir de su vigencia (marzo 2009) la actualización debe hacerse conforme al índice combinado previsto en la ley 24.241.
- No corresponde aplicar el Decreto 807/16 y la Resolución 56/2018 porque el beneficio se otorgó con anterioridad a su vigencia.
- Se confirma la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 declarada en pronunciamientos previos.
- El planteo de inconstitucionalidad de las leyes 27.541 y 27.609 se desestima por falta de acreditación de un perjuicio concreto.
- Se ordena abonar las diferencias por movilidad sólo para los meses de enero y febrero 2021.

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