MOYENTAL MIRTA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó reajustes en su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia y estableció pautas para la actualización del haber, pero rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.609.
¿Quién es el actor?
Moyental Mirta Graciela
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de la prestación previsional
¿Qué se resolvió?
Se revoca parcialmente la sentencia de grado. Se declara la inconstitucionalidad de la metodología de actualización prevista en la ley 27.426 para las remuneraciones anteriores a febrero de 2009, debiéndose utilizar el índice ISBIC. Se ordena el reajuste de la prestación del actor entre enero y febrero de 2021 conforme a la movilidad suspendida. Se rechaza el planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.609.
Los principales fundamentos son:
- Para las remuneraciones anteriores a febrero de 2009, corresponde aplicar el índice ISBIC, por ser más favorable que el RIPTE.
- Respecto a la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), se debe utilizar el índice considerado por la CSJN en "Badaro" a fin de evaluar si existe una disminución confiscatoria.
- Se rechaza el planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.609 por no acreditarse un perjuicio concreto.
- Se modifica la imposición de costas, estableciéndose el principio general del art. 68 del CPCCN.
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