ALES ARMANDO NESTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda para reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, acogiendo algunos de los agravios de las partes.
Reajuste de haber previsional
Decisión:
- Se confirma la aplicación del índice ISBIC para actualizar las remuneraciones para el cálculo del haber inicial.
- Se ordena al ANSES reajustar el haber de enero y febrero de 2021 aplicando la movilidad suspendida por la Ley 27.426, y desde marzo de 2021 en adelante aplicar la nueva movilidad de la Ley 27.609.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426.
- Se confirma la sentencia en lo demás.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema ha validado en reiterados pronunciamientos la aplicación del índice ISBIC sin limitación temporal.
- Respecto a la Prestación Básica Universal, se debe analizar en la etapa de ejecución de sentencia si su insuficiente actualización genera una merma confiscatoria del haber inicial.
- Se confirma la aplicación de la Ley 27.426 para períodos posteriores a su entrada en vigor, pero se declara la inconstitucionalidad del art. 2.
- Sobre la Ley 27.541 y decretos de emergencia, se ordena el reajuste de enero y febrero de 2021 aplicando la movilidad suspendida, y desde marzo 2021 la nueva Ley 27.609.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 si genera una quita superior al 15% del haber.
- Se aplica la tasa pasiva del BCRA y se imponen costas a la demandada.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: