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SOSA ADRIANA LUJAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su prestación jubilatoria. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia e indicó que el recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU) debe realizarse aplicando los parámetros establecidos en precedentes jurisprudenciales.

Jubilacion Reajuste Confiscatoriedad Prestacion basica universal Caracter integral de la seguridad social


¿Quién es el actor?

Sosa Adriana Lujan

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de la prestación jubilatoria de la actora

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó lo resuelto respecto a la Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia, pero modificó el criterio para el recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU).

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Tribunal Cimero ha establecido que la correcta fijación del monto inicial de los haberes de la seguridad social es parte esencial de su carácter integral (art. 14 bis CN).
- Para determinar si la insuficiente actualización de la PBU produce una disminución confiscatoria del "total del haber inicial", se debe analizar su incidencia concreta en el haber total del beneficiario, comparando con la "situación de los trabajadores activos".
- Este análisis se deberá efectuar al momento de practicarse la liquidación de la sentencia.
- Para el recálculo de la PBU, se debe aplicar el índice empleado por la CSJN en el precedente "Badaro" (índice de salarios INDEC 31/12/01
- 31/12/06), a fin de evaluar si existe una disminución confiscatoria en el haber total.

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