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MADARIAGA MARISA CLAUDIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demanda reajustes en el cálculo de su jubilación. La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y declara la inconstitucionalidad de la metodología de actualización de las remuneraciones.

Costas Inconstitucionalidad Seguridad social Prestacion basica universal Reajuste jubilatorio Metodologia de actualizacion

Reajustes varios en el cálculo de su jubilación

¿Qué se resolvió?


- Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 3 de la Ley 27.426 para la actualización de las remuneraciones entre el 31/03/1991 y el 28/02/2009, debiendo utilizarse el índice ISBIC.
- Para el período posterior, se aplica el mecanismo del art. 2 de la Ley 26.417.
- Se confirma lo resuelto en primera instancia respecto a la cantidad de años computables para el cálculo del haber.
- Se revoca la actualización dispuesta sobre la Prestación Básica Universal, por no haber sido objeto de la demanda.
- Se imponen las costas de alzada a la demandada vencida. Fundamentos relevantes:
- La Cámara considera que la actualización de las remuneraciones por el método del art. 3 de la Ley 27.426 resulta inconstitucional, al generar una disminución confiscatoria y regresiva del haber previsional.
- Por ello, las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009 inclusive deben actualizarse por el ISBIC, y a partir de allí por el mecanismo del art. 2 de la Ley 26.417.
- Se confirma el rechazo del cuestionamiento a la cantidad de años computables para el cálculo del haber, por ser improcedente.
- Se revoca la actualización dispuesta sobre la Prestación Básica Universal, al no haber sido reclamada en la demanda.

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