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FARALDO CARMEN Y OTROS c/ ESDTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA - E.M.G.A. s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad reclama el pago de sumas remunerativas y bonificables. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia que ordenó incorporar dichas sumas al haber de retiro de los accionantes.

Haber de retiro Bonificaciones Remuneraciones Suplementos salariales Personal militar y civil de las ffaa Decretos 682 04 y 1993 04

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora inició demanda para que se incorporen a su haber de retiro las sumas instituidas por los decretos 682/04 y 1993/04, que otorgaban incrementos salariales al personal con remuneraciones bajas. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la pretensión. Sostuvo que, según precedentes de la CSJN, estos suplementos tienen carácter remunerativo y bonificable cuando representan una parte sustantiva del haber efectivamente percibido, por lo que no corresponde negarles ese carácter. En cuanto a los honorarios, se confirmó la regulación realizada en la instancia anterior, en atención al mérito, calidad y eficacia de la labor profesional.

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