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SUPPA MARIA ALEJANDRA Y OTROS c/ SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó el pago del Suplemento por Antigüedad de Servicios en la forma en que lo percibía hasta el dictado del Decreto 586/2019 y la Resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 607/2019. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia y rechazó la demanda.

Servicio penitenciario federal Derecho adquirido Haber de retiro Suplemento por antiguedad Modificacion de normas


¿Quién es el actor?

SUPPA MARIA ALEJANDRA Y OTROS

¿A quién se demanda?

SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo del pago del Suplemento por Antigüedad de Servicios en la forma en que lo percibían hasta el dictado del Decreto 586/2019 y la Resolución 607/2019.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley 13.018 establece que el haber de retiro del personal del Servicio Penitenciario Federal se computa en base al último sueldo incluyendo suplementos y bonificaciones, debiendo ser al menos el 82% de la remuneración del personal en actividad.
- El Decreto 586/2019 fijó un nuevo régimen salarial para el Servicio Penitenciario Federal, incluyendo un suplemento por antigüedad de servicios del 0,5% del haber mensual, en reemplazo del 2% previsto anteriormente.
- La modificación del porcentaje del suplemento por antigüedad no implica una disminución confiscatoria de haberes, ya que debe analizarse en el marco de las demás modificaciones salariales realizadas.
- No existe un derecho adquirido a la permanencia de una determinada modalidad salarial, correspondiéndole a la Administración Pública la fijación razonable de los rubros remuneratorios.

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