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ECHEVARRIA CARRILLO, RICARDO ELIAS c/ SERVICIOS COMPASS DE ARGENTINA S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido sin justa causa. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó los adicionales indemnizatorios por falta de emplazamiento fehaciente.

Presuncion de autenticidad Carta documento Telegrama Indemnizacion agravada Despido sin justa causa Dnu 34 19 Emplazamiento fehaciente


¿Quién es el actor?

ECHEVARRÍA CARRILLO, RICARDO ELÍAS

¿A quién se demanda?

SERVICIOS COMPASS DE ARGENTINA S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de indemnizaciones por despido sin justa causa y otros créditos laborales

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar sustancialmente a la demanda, pero rechazó el incremento indemnizatorio y la multa por falta de emplazamiento fehaciente al empleador. Fundamentos principales:
- La jueza de primera instancia tuvo por acreditado que el despido se produjo durante la vigencia del DNU 34/19, por lo que correspondían las indemnizaciones agravadas.
- Sin embargo, el actor omitió acreditar que las cartas documento enviadas al empleador fueron efectivamente recibidas, requisito formal exigido por los arts. 2 de la ley 25.323 y 80 de la LCT para la procedencia de los adicionales.
- Si bien los telegramas tienen presunción de autenticidad, ello no alcanza a acreditar su recepción por el destinatario, que es un requisito necesario.
- El actor desistió de la prueba informativa al solicitar que la causa se resolviera como de puro derecho, por lo que no logró subsanar esa omisión.

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