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PINTOS, MARIA EUGENIA (8) c/ OMINT ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció los criterios para el cálculo de los intereses.

Intereses Costas Honorarios Incapacidad Accidente de trabajo Monto indemnizatorio Capitalizacion


¿Quién es el actor?

María Eugenia Pintos

¿A quién se demanda?

Omint ART SA
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia en relación al cálculo de los intereses. Confirmó el resto de lo decidido. Fundamentos principales:
- La Ley 27.348 no resulta aplicable al caso por haber ocurrido el accidente antes de su entrada en vigor.
- Los intereses deben computarse desde la fecha del accidente y no desde la determinación de la incapacidad, de acuerdo al art. 2 de la Ley 26.773.
- El Acta N° 2764 de la CNAT no tiene carácter obligatorio, pero el juez la aplicó voluntariamente.
- La impugnación de inconstitucionalidad del art. 770 inc. b) CCCN fue rechazada por no haberse acreditado afectación a derechos constitucionales.
- Se modificó el criterio de capitalización periódica de intereses establecido en el Acta N° 2764, disponiendo que los intereses se capitalicen únicamente al momento de la notificación de la demanda.
- Se confirmaron los honorarios de la representación letrada y del perito médico regulados en la instancia anterior.

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